Actividad 5
COMO SE OPERA EL MECANISMO DE RETENCIÓN EN LA FUENTE EN COLOMBIA DIAN
La
retención en la fuente es un mecanismo mediante el cual el Estado colombiano
reúne un porcentaje de dinero proveniente de los ingresos de las personas u
organizaciones cuando reciben honorarios o prestan un servicio.
Se
suele creer que la retención en la fuente es un impuesto, pero realmente no lo
es. Se entiende más como un cobro anticipado de un impuesto que puede ser el de
renta, el de ventas o el de industria y comercio. Este se toma a diario para
lograr anticipadamente parte del impuesto, que por lo general son mensuales,
bimestrales o anuales.
La
retención en la fuente se aplica a los contribuyentes del impuesto de renta que
venden o prestan un servicio, es decir, a quienes reciben los ingresos.
Los
contribuyentes deben reportarle estos pagos anticipados de impuesto a la DIAN.
El porcentaje de pago para el objeto pasivo declarante de renta es 2.5%,
mientras que para el no declarante de renta es del 3,5%, lo cual representa un
mayor pago por retención, pero no debe presentar declaración de renta ni pagar
adicionalmente bajo esta responsabilidad.
SOBRE QUIEN RECAE EL IMPUESTO AL VALOR
AGREGADO IVA E IMPUESTO AL CONSUMO
A este impuesto están sometidos las personas naturales o jurídicas
que realicen el hecho generador del mismo, es decir, que generen ingresos
susceptibles de incrementos patrimoniales.
CUANTOS REGÍMENES DEL IMPUESTO A LAS VENTAS EXISTEN PARA ÉL
IVA Y PARA EL IMPUESTO AL CONSUMO
Tanto en el IVA como en el Impuesto Nacional al Consumo existen dos regímenes para los vendedores: Régimen Común y Régimen Simplificado.
¿CUÁL ES LA IMPORTANCIA DEL COBRO DE IMPUESTOS EN
COLOMBIA?
Los recursos de los impuestos se utilizan para pagar los gastos del país, de los cuales podemos encontrar gastos en salud, educación y seguridad, en el área de bienes y servicios, encontramos alcantarillado, electricidad y vías. Todos estos son recaudados por la DIAN e invertidos en el país.
GLOSARIO
Información Exógena: Son
operaciones o transacciones con terceros, reportadas por la persona Jurídica o
Persona Natural ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
Persona Jurídica: Es una
sociedad, organismo o entidad conformada por uno o varios individuos para
cumplir un objetivo social con o sin fines de lucro.
Persona Natural: Es
un individuo que actúa en nombre propio
Normatividad: Conjunto
de reglas o leyes que se encargan de regir, guiar o dirigir una materia o
actividad.
Encargo Fiduciario: Es
un contrato en el cual instruye a la fiduciaria para que se cumpla diversas
finalidades de un bien.
Fiduciaria: Es
aquella persona natural o jurídica que administra los dineros o bienes de otras
personas a beneficio de ellos mismos.
Intereses Presuntivos: Valor
mínimo presunto generado por los dineros prestados entre una sociedad a sus
socios o accionistas.
Bono de prenda: Documento
financiero que acredita el vínculo o la existencia de un crédito prendario
sobre las mercancías o bienes adheridos al certificado de depósito.
Mancomunada: Conjunto
de dos o más personas para realizar un objetivo o un fin.
DECEVAL: Depósito
Centralizado de Valores
GMF: Gravamen
a los Movimientos Financieros
CDT: Certificado de Depósito a
Termino
CDAT: Certificado de Depósito de
Ahorro a Termino
CALENDARIO TRIBUTARIO
Se trata de tener en cuenta las fechas de inicio y finalización
del plazo que se otorga para hacer frente al pago de los distintos impuestos
con los que tiene que cumplir cada persona
FORMATOS DE
IMPUESTOSFormulario 110
Formulario 210
Formulario 310
Retención en la fuente
Formulario 300
Declaración del Impuesto sobre las Ventas – IVA
Resolución 00019 de marzo 10 de 2020
Formulario 310
Impuesto al consumo

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